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Como denunciar los ruidos molestos en la Ciudad

2 minutos de lectura

Si tenés inconvenientes por ruidos molestos, podés denunciarlos ante la Justicia Contravencional y de Faltas, llamando al 0800-333-47225 las 24 horas del día.

Varios vecinos de la zona de villa del parque se han quejado, que los días domingos en hora de descanso, de 15 a 18 horas, un grupito se concentra en la plaza de Baigorria y Cuenca, y no dejan descansar de los tremendos ruidos y batucadas toda la tarde.

Como denunciar los ruidos molestos:

Las denuncias se pueden realizar ante la problemática de ruidos molestos provenientes de actividades habilitadas.

La Dirección General de Control es la Autoridad de aplicación de la ley 154 de Control de la Contaminación Acústica y su Decreto Reglamentario Nº740.

La normativa establece los límites permitidos para la trascendencia de ruidos, según el horario y la zona que de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano corresponda al inmueble afectado.

Requisitos

Para realizar el reclamo deberás identificarte con número de D.N.I., teléfono desde donde llamas y domicilio para verificar la veracidad de la denuncia. Los datos se mantienen en reserva.

Pasos para realizar el trámite

1) Enterate dónde y en qué horario se realiza.

El reclamo se puede realizar:

Personalmente: dirigiéndose a la Sede Comunal de tu barrio.

Telefónicamente: Llamando al Call Center del Gobierno de la Ciudad 147, de lunes a viernes de 7:30 a 20:30 hs. Sábados, domingos y feriados de 8:00 a 20:00 hs.

Por Internet.

En materia contravencional, puede denunciarse la situación ante la Justicia Contravencional y de Faltas, llamando al 0800–333-47225 (0800-FISCAL) las 24 horas del día o ante la Comisaría respectiva, como autoridades competentes en materia de aplicación del Código Contravencional, el cual en su Artículo 72 establece como conducta típica en materia de ruidos molestos el perturbar el descanso, la convivencia o la tranquilidad pública mediante ruidos que por su volumen, reiteración o persistencia, excedan la normal tolerancia.

2) Enterate quién puede efectuarlo.

Cualquier ciudadano que sea mayor de edad.

Más información

Las mediciones se realizan, previa coordinación con el reclamante, en el domicilio del mismo y ante su presencia.

De comprobarse la trascendencia de ruidos molestos, se intimará al titular de la actividad habilitada generadora de las molestias para que arbitre las medidas necesarias y suficientes para evitar las mismas. En caso de incumplimiento, se procede a la clausura de la actividad o fuente.

ORGANISMO RESPONSABLE

Dirección General de Control

Dirección: Ortiz de Ocampo 2517, Piso 2.

Horarios de atención: lunes a viernes 9.00 a 14.00hs

Tel.: 4638-6666

E-mail: dgcont_apra@buenosaires.gov.ar

Las denuncias no tienen ningún costo, son totalmente gratuitas.-

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