Detienen a dos hombres luego de desalojar una casa usurpada en el barrio de Constitución
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Dos personas fueron detenidas por la Policía de la Ciudad luego de agredir a oficiales durante un desalojo de una casa usurpada en Constitución, que había sido ordenado por la Justicia.
Luego que un grupo de oficiales de la Comisaría Vecinal 1 F de la Policía de la Ciudad procedieron a llevar adelante una manda de desalojo en Tacuarí al 1400, del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas, 3 a cargo de la Dra. Carla Cavaliere, secretaría de la Dra María Elizalde, para restituirla a su propietario.
La vivienda en cuestión, ya tenia reclamos de vecinos y denuncias, ya que la misma alojaba a responsables de delitos contra la propiedad, por lo cual desde octubre del año pasado se había reforzado la vigilancia en la zona.
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El allanamiento en la vivienda, conto con la colaboración de efectivos de la División Operaciones Especiales Metropolitanas (DOEM), de la División Orden Urbano (DOU), de la División Investigaciones Comunales 1 de la Policía de la Ciudad, personal de Bomberos de la Ciudad y agentes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal de la Cuidad.
Dicho desalojo, afectó a siete grupos familiares, compuesto por 28 mayores y dos menores, -durante el trámite, dos ocupantes, de 25 y 31 años, agredieron a los oficiales por lo cual fueron detenidos por resistencia a la autoridad, lo cual fue avalado por la Unidad Fiscal de Flagrancia, a cargo del Dr. Santiago Almeida.
Además estuvieron trabajando en el lugar del hecho, personal de Personal de Protección Familiar y Violencia de Género de la Ciudad.
Como diferenciar una ocupación pacífica de una usurpación
Tomar poder pacíficamente de una tierra o comprar de buena fe a un ocupante anterior, no es un delito porque no es lo mismo que usurpar, -pero la usurpación sí es un delito penal e implica que una o varias personas quite/n la posesión o la tenencia, total o parcial, a otra/s persona/s usando la violencia, amenazas, engaños y/o abusos de confianza.
Esto puede suceder invadiendo la vivienda, quedándose en ella o expulsando a quienes la habitaban, -en este sentido, todas aquellas ocupaciones o permanencias en terrenos que no se efectúen de esta manera no son delito.
Se debe tener en cuenta que si se está llevando a cabo un juicio penal por usurpación en un barrio relevado por el RENABAP, el mismo continuará a fin de demostrar si efectivamente se cometió un delito o se trató de una ocupación pacífica del terreno.